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Categoría de nivel principal o raíz: CURSO 23-24
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Para el alumnado que ha sido receptor de la beca NEAE durante este curso escolar y por alguna circunstancia debidamente acreditada no ha podido hacer uso de la totalidad de dicha beca, ni prevé poder hacerlo antes de la solicitud de la beca del próximo curso, rogamos lo comuniquen a la dirección del centro, a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Según las Instrucciones (publicadas con fecha 9 de Mayo de 2020) para la gestión de los reintegros de becas y ayudas al estudio correspondientes al curso 2019-2020, en el apartado de ayudas del alumnado con NEAE, de “Reeducación pedagógica, reeducación del lenguaje y ayudas para altas capacidades: Dadas las circunstancias concurrentes como consecuencia de los efectos derivados de la propagación del COVID 19 así como de la declaración del estado de alarma y la especial vulnerabilidad en la que se encuentra el alumnado destinatario de estas ayudas y de sus familiares, con carácter excepcional, se considerarán amparados por esta ayuda todos aquellos gastos que redunden en favorecer la reeducación pedagógica o del lenguaje de los alumnos que por las circunstancias descritas, no han podido asistir a las sesiones presenciales de los profesionales previamente fijadas, tales como adquisición de material informático o audiovisual siempre que, por parte de los equipos de orientación o por la Administración educativa competente, se estime que redundan en favorecer la reeducación de estos estudiantes”
Criterios para firmar las solicitudes de material informático y/o digital:
- No se puede gastar todo el importe de la beca, sino lo que haya restado del pago al gabinete por la reeducación logopédica y/o psicopedagógica recibida en el curso 19/20.
- Las familias pedirán factura que incorporarán a la beca del curso 20/21.
- El material tiene que comprarse con fechas entre 9 de mayo y 9 de septiembre de 2020.
- La factura de compra tiene que ser posterior a la fecha que dejan de recibir la reeducación logopédica y psicopedagógica en el gabinete.
- La factura ha de estar a nombre del alumno/a receptor de la beca.